Texto actualizado en junio de 2021. La actualización de los datos de población del DANE (población censada, ajustada, proyectada y retroproyectada) ha motivado que decidamos actualizar las tasas de desaparición forzada con los nuevos datos de población. Este texto es un refundido actualizado de los textos aquí publicados antes como «Tasas de desparición forzada en Colombia» y «Cambiamos las tasas de desaparición forzada… porque cambiaron los datos de población»

«El hecho de haber acompañado víctimas durante muchos años o, sin ir más lejos, ser víctimas de este crimen (familiares o víctimas indirectas), nos ha influido enormemente a la hora de elegir un lenguaje para desarrollar nuestro relato cartográfico. Hemos escuchado demasiadas veces, en boca de sus familiares, que las víctimas no son números ni estadísticas, tienen nombre y son un hermano, un papá, una esposa o compañera, son alguien con vivencias, sueños y proyectos de vida… son algo más que simples puntos en un mapa.»

Fidel Mingorance. VISIBILIZAR LO [QUE QUIEREN QUE SEA] INVISIBLE

Y también son algo más que simples números o estadísticas. Este aviso para navegantes, que incluímos en uno de los textos de nuestra Cartografía de la desaparición forzada, es especialmente adecuado en un texto como este, dedicado a algo tan cuantitativo como esa proporción o coeficiente matemático que conocemos como tasa.

Las Tasas

En términos demográficos o relativos a poblaciones, una tasa es un «cociente que resulta de dividir un número de acontecimientos sucedidos durante un periodo de tiempo (un flujo) por la población media existente durante ese periodo (por ejemplo la tasa de mortalidad, número de defunciones durante un periodo de tiempo, dividido por la población media de ese mismo periodo)» (Apuntes de demografía, 2021).

En caso de estar referida a toda la población se tratará de una tasa bruta y en caso de estar referida a un segmento estructural de la población (como grupo de población por sexo o edad) se tratará, en cambio, de una tasa específica

Por otro lado, las tasas suelen estar multiplicadas por 1.000 o por 100.000, expresando así la intensidad relativa por mil o cien mil habitantes; o sea, por una cantidad fija de personas de esa población.

Las tasas suelen utilizarse para conocer la mencionada intensidad relativa de un fenómeno en poblaciones de distinta talla, para así poderlas comparar.

  • No es lo mismo la intensidad o impacto de un fenómeno en una pequeña población de 250 personas que en una ciudad de 1 millón. La tasa nos permite comparar esa intensidad en poblaciones de muy distinta talla.

O, también, para saber si la magnitud del fenómeno se debe o no al tamaño de la población y no a otro factor.

  • ¿Se dan muchos casos de ese fenómeno porque la población es muy grande?¿En otro sitio hay menos porque la población es más pequeña? La tasa nos permite conocer el fenómeno en relación a una cantidad fija de personas, con independencia de los diferentes tamaños de población.

La tasa de desaparición forzada

Las tasas de desaparición forzada en Colombia nos indican el número de desapariciones forzadas conocidas en proporción al tamaño de la población -nacional, departamental o municipal- durante un período de tiempo determinado, normalmente un año. Dicho de otra forma, esta tasa expresa la frecuencia con la que se comete este crimen en un año y en una determinada unidad territorial por cada cien mil habitantes.

Esta formulación general puede expresarse de una forma más abreviada como

Para realizar el cálculo de las tasas de desaparición forzada en Colombia se han utilizado los datos conocidos de víctimas de desaparición forzada (VDF) de 4 fuentes estatales con cuatro periodizaciones distintas (RND, SPOA, RUV y OMC); los datos de población del DANE (P)* para el periodo disponible; y finalmente, el Marco Geoestadístico Nacional (MGN) para las unidades territoriales (Departamentos y Municipios).

* P/2 si los datos no correspondieran a la mitad del periodo. Los datos anuales de población que sirve el DANE son los correspondientes a mitad de año, por lo que no es necesario dividirlos por 2.

DATOS Y PERIODOS UTILIZADOS PARA EL CÁLCULO DE LA TDF

DATOFUENTEPERIODO
VDFRND1938 – 2020
VDFSPOA1968 – 2020
VDFRUV1984 – 2020
VDFOMC1958 – 2020
PDANE1985 – 2020 datos municipales y departamentales · 1950 – 2020 datos nacionales
MGNDANEfecha de creación de la entidad territorial – 2020
Recopilado Equipo DF

Ajustes por temporalidad

En la tabla anterior puede comprobarse la gran disparidad entre los periodos temporales que registra cada fuente. En base a esta diferencia, conviene preguntarse, ¿qué periodo tomar para calcular las tasas de desaparición forzada en Colombia?

La respuesta se encuentra casi siempre en los datos demográficos. Tal y como se asume en demografía, finalmente son los datos disponibles los que acaban definiendo los periodos de cálculo o de estudio.

En este caso, habrá que adaptarse a las series de datos disponibles que publica periódicamente el DANE en su sitio Internet. Estas series de población, a nivel municipal y departamental, cubren el periodo 1985 – 2017 y 2018 – 2035 con base en el CNPV 2018 (población censada, ajustada y proyectada. Las retroproyecciones utilizadas son las de diciembre de 2020). El cálculo de tasas nacionales podría hacerse, en cambio, para un periodo más grande ya que las series de población cubren el periodo 1950 – 2017 y 2018 – 2070 con base en el CNPV 2018.

En los registros de las fuentes utilizadas los datos base de desaparición forzada (VDF) son municipales. Así, para calcular la TDF podrá utilizarse el periodo 1985 – 2020 para los datos del RND, SPOA, RUV y OMC. Si queremos calcular la tasa con los datos de las 4 fuentes utilizaremos el periodo de 36 años. Para ello tendremos que aplicar unos ajustes a la formulación general y tomar alguna que otra decisión:

  1. Ajustar la formulación de la tasa a un periodo de varios años (plurianual).
  2. Ajustar el número de años en el cálculo de aquellas unidades territoriales creadas después de 1985 (esto afectará algunos municipios).
  3. Definir qué hacer respecto a los datos de desaparición forzada anteriores a 1985.

Fórmula plurianual

La fórmula general es anual (1 año) por lo que debe ajustarse según el periodo temporal utilizado. En el caso de ser un periodo de, por ejemplo, 36 años se formulará dividiendo el número de víctimas por 36,  para obtener así la cifra que correspondería a un año. Para la población a mitad de periodo se sumarán los valores de los años inicial y final y se dividirá el resultado entre 2.

Para incorporar la formulación de la TDF a una hoja de cálculo (como Calc, Excel, hoja de cálculo de Google Drive,…) bastará con seguir dos sencillos pasos:

a) Organizarla previamente de forma lineal, tal y como figura a continuación.

b) Sustituir los parámetros VDF y P por las celdas correspondientes de la hoja de cálculo dónde se encuentran esos datos. 

Ajuste del periodo por temporalidad de la unidad territorial

Este ajuste debe operarse cuando haya cambios en las unidades territoriales de las que se está calculando la tasa (normalmente debidos a cambios en la configuración territorial como la segregación/creación de un nuevo municipio).

En el caso de lo Departamentos no debemos modificar nada porque los cambios territoriales desde 1985 no han sido relevantes. Si consultamos el histórico de la DIVIPOLA del DANE encontraremos que fue justamente en 1985 cuando se estableció la configuración departamental vigente hoy (si bien algunos de los territorios no tenían la categoría de Departamentos sino Intendencias o Comisarías, sus áreas quedaron definidas tal y como lo están en la actualidad). 

Sin embargo, en el caso de los municipios debe ajustarse el número de años utilizado en función de la fecha de creación del municipio (ya sea por fusión o por segregación).

En otras palabras, la cifra que divide la VDF en la fórmula anterior debe ajustarse en todos aquellos municipios que se crearon después de 1985. Por ejemplo, el municipio de Mapiripán se creó en 1989 y, por tanto, debemos dividir las VDF entre 32 años (1989-2020) y no entre 36 (que son los años del periodo concreto 1985-2020).

¿Y Belén de Bajirá?

Por otro lado, también encontraremos, en este periodo 1985-2019, un caso en el que ocurre la situación inversa; la de un municipio que pierde esta condición, integrándose (o reintegrándose) en otro municipio. Es el caso de Belén de Bajirá, municipio chocoano entre 2000 y 2007 (desde 2007 no tiene categoría municipal, siendo corregimiento de Riosucio). Aunque todas las fuentes registran datos de desaparición forzada para Belén de Bajirá, salvo para estudios, mapeos o análisis con el zoom puesto en ese territorio y para ese corto periodo temporal, los datos pueden incorporarse perfectamente a los del municipio de Riosucio. En nuestras tablas y cálculos están directamente sumados a los datos de Riosucio.

Algo similar le pasa a Mapiripana, que desaparece como área no municipalizada (corregimiento departamental) en diciembre de 2019, ya que las áreas no municipalizadas de Barrancominas y Mapiripana pasan a conformar el nuevo municipio de Barrancominas, siendo el último municipio creado en Colombia.

Datos anteriores a 1985

Al no tener las series de datos de población municipal anteriores a 1985, esta se convierte obligatoriamente en la fecha de inicio del calculo de las tasas de desaparición forzada en Colombia. 

Entonces, ¿qué hacer con los datos de desaparición forzada anteriores a 1985?

O bien podemos descartarlos directamente del cálculo (lo que a priori parece lo más correcto para aplicar la fórmula de la TDF) o bien debemos analizar si tiene algún sentido -o lógica o coherencia metodológica- incorporarlos al cálculo. Antes, veamos la magnitud de esos datos.

DATOS DE DESAPARICIÓN FORZADA ANTERIORES A 1985

FUENTEPERIODOVÍCTIMAS DE DESAPARICIÓN FORZADA
RND1938 – 1984675 (2,2% del total)
SPOA1977 – 1984265 (0,3% del total)
RUV1984*8.278 (16,8% del total)
OMC1958 – 19841.532 (1,9% del total)
Recopilado Equipo DF

*El RUV se rige por la Ley 1448 de 2011 y registra víctimas del conflicto armado a partir del 1 de enero de 1985. Todos los datos anteriores a 1985 figuran en el registro con fecha del año 1984.

El número de víctimas anteriores a 1985 es proporcionalmente muy bajo respecto al total de víctimas registradas en tres de las cuatro fuentes. La excepción que suponen los datos del RUV parece más ligada a las incoherencias que arrastra este Registro que a la existencia de casos anteriores a esa fecha. Además, de los 8.278 casos que «por ley» quedarían fuera del registro, 4.284 figuran sin información ni del departamento ni del municipio donde se cometió el crimen. Parece que en ‘1984’ se incluyen todos los datos de los que se tiene poca información.

En conclusión, si descartamos los datos anteriores a 1985 en el cálculo de la TDF estaremos abarcando casi la totalidad de las víctimas (97,8%, 99,7% y 98,1% -83,2% para RUV-) y aplicando rigurosamente la fórmula: la tasa de 1985-2020 se calcula sobre los casos cometidos entre 1985 y 2020.

Decisión metodológica

Ahora bien, nuestra forma –ética, filosófica y política– de abordar la desaparición forzada implica (casi impone) que consideremos TODOS los casos y TODAS las víctimas para cualquier análisis, mapeo o estudio. Esto se incorpora como restricción metodológica para todos los cálculos.

Pero este condicionante metodológico, que en este caso hace que incluyamos los datos anteriores a 1985, no implica necesariamente que estemos incluyendo una distorsión en el cálculo de la tasa. De hecho, la desaparición forzada es un crimen permanente (o continuado) por lo que puede asumirse perfectamente que todas las víctimas de las que se desconoce su paradero o no se hayan identificado sus restos en una fecha dada, continúan desaparecidas forzadas a esa fecha. 

Por otro lado,  para aquellas que aparecieron o fueron encontradas no se ha hecho ningún avance jurídico, manteniéndose unos niveles de impunidad del 100%. Son personas que ya no están desaparecidas pero el crimen del que fueron víctimas sigue vigente.

Y esa es la presunción metodológica que hemos adoptado para calcular las tasas de desaparición forzada en Colombia: casos y víctimas anteriores a 1985 se asumen como de ese año para poder así calcular las tasas de la totalidad del crimen.

Finalmente, solo nos queda comprobar cuántas de las víctimas de desaparición forzada anteriores a 1985 aparecieron vivas o fueron encontrados sus cuerpos y cuántos de los casos conocidos por la FGN llegaron a ser juzgados. Simplemente, se trata de un control para conocer la magnitud de la posible distorsión en nuestra presunción metodológica, ya que en nuestro cálculo se ha incluido la cifra de víctimas y casos completa de cada fuente.

VÍCTIMAS DE DESAPARICIÓN FORZADA ANTERIORES A 1985 

FUENTEVDF
 Aparecieron vivasAparecieron muertasTotal
RND10414 (0,05% del total)
SPOAdesconocidodesconocido<265 (<0,3% del total)
RUVdesconocidodesconocidodesconocido
OMC29100129 (0,2% del total)
 VDF cuyos casos han llegado a juicio
SPOA000
Recopilado Equipo DF

Salvo en el caso del RUV (que tampoco importa demasiado ya que los datos de por sí ya tienen sesgos muy grandes), el resto de los datos pueden asumirse perfectamente. Por ejemplo, en el caso de los datos del OMC, la diferencia entre la TDF nacional para todas las víctimas (1958-2020) y la TDF nacional de las víctimas del periodo 1985-2020 es de apenas 0,01.

Acceso a los datos

Tras conocer el cómo (formulaciones, metodologías) y por qué (decisiones metodológicas) de las tasas de desaparición forzada en Colombia que utilizamos en nuestros análisis y mapeos, podrás acceder a datos y cálculos en la sección correspondiente de nuestro sitio web. Una vez descargados pueden ser utilizados o modificados como se prefiera…

En preparación…

[post scriptum] Datos de población y desaparición forzada

No queremos acabar este texto dedicado a los datos censados, ajustados y estimados – proyectados o retroproyectados- de población sin hacer mención al Censo de Población y Vivienda (CNVP 2018) y las personas desaparecidas forzadas.

¿Te has preguntado alguna vez qué tratamiento le da el DANE a las personas desaparecidas forzadas cuando hace un Censo? ¿Las cuenta?

Al respecto, tanto en el manual de conceptos del CNPV 2018 (pág. 6) como en la ficha metodológica de ese censo (pág. 5) se especifica que, además de los residentes habituales de una vivienda presentes en el momento de la entrevista censal, también son considerados así otros que están ausentes. Entre ellos «los secuestrados y desaparecidos, sin tener en cuenta el tiempo de ausencia».

Entonces… ¿podemos considerar que sí?, ya que las considera como personas presentes y que contabilizan en el total de la población censada como residentes habituales. Pero… y como Personas desaparecidas, ¿qué datos utilizan, los que facilita el Registro Nacional de Desaparecidos (RND)?

Si es así tenemos un problema…

Fidel Mingorance (@Geographiando)

 

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